Respuesta corta
Si tu proceso exige garantías, lo más probable es que te pidan 1% del monto ofertado como garantía de seriedad de oferta y 4% del monto del contrato como garantía de fiel cumplimiento. No es una regla escrita en piedra — es lo que sale de contar los procesos reales del portal.
De los procesos del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) donde el porcentaje de seriedad está especificado, 2,310 de 2,352 (el 98%) piden exactamente 1%. Y de los que especifican el porcentaje de fiel cumplimiento, 1,318 de 1,476 (el 89%) piden exactamente 4% (base de datos de LicitaRD, corte agosto 2026).
Eso te permite hacer el cálculo antes de abrir el pliego: si vas a ofertar RD$ 2,000,000, prepárate para una fianza de seriedad de unos RD$ 20,000 y, si ganas, una de fiel cumplimiento de unos RD$ 80,000. Ahora vamos al detalle, porque los casos que se salen del estándar existen y son justo los que descalifican gente.
Los 3 tipos de garantía que te pueden pedir
La Ley 47-25 de Contrataciones Públicas regula las garantías en sus artículos 162 al 166. El artículo 164 define para qué sirven, y de ahí salen los tres tipos que vas a encontrar en los pliegos:
| Garantía | Qué asegura | Cuándo se entrega | Estándar real |
|---|---|---|---|
| Seriedad de oferta | Que no retires tu oferta ni te niegues a firmar si ganas | Junto con la oferta | 1% del monto ofertado |
| Fiel cumplimiento | Que ejecutes el contrato como lo firmaste | Después de la adjudicación, antes o al firmar | 4% del monto del contrato |
| Anticipo | Que devuelvas el avance si no ejecutas | Solo si el contrato contempla avance de pago | 100% del monto anticipado |
El propio artículo 162 pone un límite que te conviene conocer: las garantías "no podrán constituirse en recaudos excesivos para la participación". Si un pliego pide porcentajes desproporcionados sin justificación, ese es un punto legítimo para la fase de aclaraciones.
Garantía de seriedad de oferta: 1% es el estándar
Es la primera que enfrentas. Acompaña tu oferta y le dice a la entidad: "voy en serio — si gano, firmo".
El dato duro de nuestra base: el 1% domina de forma casi absoluta (98% de los procesos que especifican porcentaje). Pero hay excepciones reales registradas — 24 procesos pidieron 4%, 11 pidieron 20% y 3 pidieron 5%. Un 20% de seriedad en una oferta de RD$ 5 millones es RD$ 1 millón inmovilizado: si no lo viste a tiempo, o no puedes ofertar o comprometes un capital que no tenías planificado.
La trampa de la vigencia: la garantía de seriedad debe mantenerse viva durante todo el período de validez de la oferta que fije el pliego. Si tu fianza vence antes de la adjudicación —porque el proceso se atrasó y no la renovaste— tu oferta puede quedar fuera. Anota la fecha de vencimiento el mismo día que la emites.
Garantía de fiel cumplimiento: 4% del contrato
Esta aparece cuando ya ganaste. La entidad te adjudicó y ahora te toca demostrar que vas a ejecutar: la garantía de fiel cumplimiento respalda el contrato completo, desde la firma hasta la entrega final (y en obras, muchas veces hasta la recepción definitiva).
En la práctica dominicana el 4% es el número: 1,318 de 1,476 procesos con porcentaje especificado. El segundo grupo (158 procesos) pide 1%, típico de procesos más chicos. La vigencia corre desde la constitución de la garantía hasta la fecha que fije el contrato — en la base registramos los campos de inicio y fin de cumplimiento por proceso, y varían según la naturaleza de lo contratado.
Dos cosas que debes calcular antes de firmar:
- El costo financiero real. La fianza con aseguradora no te inmoviliza el 4% — pagas una prima (un porcentaje de ese 4%) que depende de tu historial y del riesgo del contrato. La consignación bancaria, en cambio, sí congela el monto completo. Por eso casi todo el mundo usa fianza.
- El plazo total. En contratos de obra con recepción provisional y definitiva, la garantía puede tener que vivir meses después de que entregaste. Ese costo va en tu precio.
Garantía de anticipo: solo si hay avance
Si el contrato contempla un avance de pago (común en obras), te van a pedir garantizar el 100% de ese anticipo. La lógica es simple: el Estado te adelanta dinero público y necesita poder recuperarlo si no ejecutas. En nuestra base, 1,588 procesos de los que exigen garantías incluyen la de anticipo — es menos frecuente que las otras dos, pero cuando aparece es la más grande en monto relativo.
¿En cuáles procesos aparecen las garantías?
Aquí va un dato que sorprende a los que empiezan: las garantías no aparecen en todos los procesos. De 36,438 avisos de proceso analizados por LicitaRD con extracción de requisitos de garantía (corte agosto 2026), solo 2,393 exigen explícitamente alguna garantía en el aviso. De esos:
- 2,352 piden garantía de seriedad de oferta,
- 2,283 piden fiel cumplimiento,
- 1,588 piden garantía de anticipo.
¿Por qué tan pocos? Porque la mayoría del mercado dominicano son compras chicas — Compras por Debajo del Umbral y Contratación Menor — donde el requisito de garantía formal generalmente no aplica o no se detalla en el aviso público. En los procesos grandes (licitaciones públicas, comparaciones de precios de monto alto) es donde las garantías son la norma, y el detalle exacto vive dentro del pliego de condiciones, no en el aviso. Por eso leer bien el pliego es la mitad de este tema: te explicamos cómo hacerlo sin perderte en nuestra guía para leer un pliego de condiciones.
La excepción MIPYME: menos garantías, con condición
Si tu empresa está certificada como MIPYME ante el MICM, el artículo 175 de la Ley 47-25 te cambia el juego con dos reglas:
- No te pueden exigir garantía de seriedad de oferta. Exenta, punto.
- Solo te pueden pedir garantías mediante fianza de compañía aseguradora — no consignación bancaria, que es la modalidad que congela capital.
La condición: si renuncias de forma injustificada a una adjudicación o incumples el contrato, pierdes estos beneficios por 2 años. La exención es un voto de confianza de la ley al segmento MIPYME; quemarlo sale caro.
Si todavía no tienes tu registro de proveedor al día, empieza por ahí: cómo registrarse en el RPE paso a paso.
Dónde tramitarla: aseguradora vs banco
El artículo 163 reconoce tres modalidades: garantía o consignación bancaria, fianza con compañía aseguradora y obligaciones de reposición/reparación (estas últimas para vicios ocultos en lo entregado). En la práctica:
- Fianza con aseguradora — la vía dominante. Pagas una prima, no congelas el monto, y las aseguradoras que trabajan fianzas de contratación pública ya conocen los formatos que aceptan las entidades. Pide la fianza con el texto exacto que exige el pliego (beneficiario, monto, vigencia, objeto del proceso con su código).
- Garantía bancaria o consignación — congela capital o consume línea de crédito. Tiene sentido solo si tu banco te da condiciones que la aseguradora no.
Tiempo de trámite: una fianza de seriedad con una aseguradora que ya te conoce puede salir en 1-2 días; la primera vez puede tomar más porque te van a evaluar. No dejes la fianza para el día antes del cierre de ofertas — es un clásico de descalificación evitable.
Qué pasa si no la entregas (o si te la ejecutan)
Sin garantía de seriedad cuando el pliego la exige, tu oferta no pasa la evaluación: es un requisito subsanable solo en la medida en que el pliego lo permita, y muchos no lo permiten. Sin garantía de fiel cumplimiento, no hay firma de contrato — y negarte a firmar tras la adjudicación te expone a la ejecución de la seriedad y a sanciones.
Y sobre la ejecución, el artículo 166 es directo: una vez la entidad dicta el acto administrativo que declara el incumplimiento, ese acto tiene efecto ejecutivo y ejecutorio — la aseguradora o el banco debe pagar contra simple requerimiento, y si no lo hace en 10 días hábiles se vuelve solidariamente responsable. Traducción: la garantía no es decorativa; cuando se ejecuta, se cobra.
Próximo paso: el porcentaje exacto de garantía de tu proceso está en el pliego, y encontrarlo a tiempo es parte de no quedar fuera. LicitaRD te avisa cuando aparece un proceso que coincide con tu perfil y te muestra los requisitos extraídos del aviso — incluyendo garantías cuando están disponibles. Crea tu cuenta gratis y deja de enterarte tarde.
Recursos oficiales
- Portal DGCP — órgano rector de las contrataciones públicas
- SECP — portal donde se publican los procesos y sus pliegos
- Ley 47-25, artículos 162-166 (régimen de garantías) y 175 (reglas especiales MIPYME)